¿Qué promueve la ley?

Garantiza el derecho de toda persona a practicar actividades deportivas según su identidad de género autopercibida

 

¿Qué es la identidad de género?

Es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente. Puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento.

 

¿Cuándo debe respetarse la identidad de género?

Siempre

 

¿Qué instituciones deben respetar la identidad de género?

Las ligas, federaciones o confederaciones del territorio provincial que promueven actividades deportivas de carácter amateur o profesional

 

¿Cuándo hay discriminación de género?

Cuando una acción impide el libre desarrollo de las actividades deportivas por razones de género

 

¿Qué sucede cuando no se respeta la ley?

La Subsecretaría de Deportes sanciona a los clubes, ligas, asociaciones y federaciones deportivas que impiden la participación de deportistas o los inscriben en un género distinto al autopercibido

 

¿Qué sanciones se imponen?

  • apercibimiento
  • multas
  • suspensión del Registro Provincial de Entidades Deportivas
  • expulsión definitiva del Registro Provincial de Entidades Deportivas

 

Más información: https://www.gba.gob.ar/derechoshumanos/subsecretar%C3%ADas_e_instituto

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