¿Qué es la trata de personas?

Es la captura, el transporte, el traslado o la recepción de personas con fines de explotación. 

 

¿De qué modo se realiza la trata de personas?

  • Bajo amenaza
  • Uso de la fuerza u otras formas de coacción
  • Rapto
  • Fraude
  • Engaño
  • Abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad

 

¿Qué sucede en caso que la víctima de trata sea niña o niño? 

Cuando una niña o niño es captado, transportado, trasladado o recibido con fines de explotación se considera trata de personas incluso cuando no se utilicen ninguno de los modos anteriores.

 

¿Qué se entiende por explotación?

Incluye como mínimo:

  • los trabajos o servicios forzados
  • la esclavitud o las prácticas similares 
  • la servidumbre
  • la extracción de órganos

 

¿Cómo actúa la Provincia frente a la trata de personas?

La Provincia tiene la obligación de actuar a través del Ministerio Público Fiscal ante cualquier sospecha o denuncia de la existencia de este delito.

 

¿Qué debe garantizar la Provincia a las víctimas de trata? 

Debe proteger y garantizar la seguridad de toda víctima de trata.

 

¿Qué sucede si hay consentimiento de la víctima?

El consentimiento de la víctima a cualquier forma de explotación no quita responsabilidad a la Provincia respecto de la contención, asistencia y protección de sus derechos.

 

¿Qué es la oficina provincial para la lucha contra la trata de personas, la explotación sexual infantil y la protección y asistencia de las víctimas? 

Es el organismo encargado de la elaboración de las políticas públicas destinadas a la lucha contra la trata de personas y la protección y asistencia de las víctimas. 

 

¿Cuáles son las funciones de la oficina provincial para la lucha contra la trata de personas, la explotación sexual infantil y para la protección y asistencia de las víctimas?

  • Velar por el efectivo cumplimiento de la Ley
  • Proteger y asistir a las víctimas de la trata de personas en los campos: físico, psicológico, espiritual, social, económico y jurídico
  • Realizar el seguimiento judicial de los casos
  • Proporcionar condiciones dignas de vivienda, alimentación, sanidad, como todo aquello que sea necesario para su sustento personal
  • Brindar capacitación y ayuda en la búsqueda de empleo
  • Asesorar y ofrecer patrocinio jurídico durante el tiempo que dure el proceso legal y hasta el resarcimiento
  • Proteger a la víctima y a su familia frente a toda represalia, se puede reclamar la aplicación del programa nacional de protección de testigos previsto en la Ley Nº 25.764
  • Capacitar a los distintos funcionarios, en especial autoridades de Migración, sobre el estudio, investigación, seguimiento y prevención del delito de Trata de Personas
  • Coordinar el intercambio y publicar la recopilación de datos de los casos de trata de personas
  • Promover y peticionar ante los Poderes Nacionales la cooperación entre Estados y la adopción de medidas de carácter bilateral y multilateral destinadas a monitorear, prevenir y erradicar la trata de personas. 
  • Promover la articulación entre organismos regionales e internacionales de prevención y monitoreo de la trata de personas
  • Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal la ejecución de políticas que fortalezcan la lucha contra la trata de personas como también la protección y asistencia de las víctimas
  • Solicitar al Poder Legislativo Nacional, Provincial y Municipal la sanción de normas tendientes a combatir efectivamente la trata de personas y a optimizar la protección y asistencia de las víctimas
  • Invitar a sus sesiones a cualquier otra entidad del Estado Nacional, de los Estados Provinciales y Municipales, a personas físicas o jurídicas, y a organizaciones nacionales e internacionales que tengan por objeto la lucha contra la trata de personas, la protección de los derechos de las víctimas, la promoción y defensa de los Derechos Humanos
  • Diseñar su propio plan de acción, elaborar su presupuesto de gastos y recursos con la debida constancia del origen de los fondos y dictar su reglamento interno

 

¿Participan las ONG en la Oficina Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas?

Sí. La Oficina tiene un registro en el que se inscriben las organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos con actividad específica en el tema. Se eligen 5 representantes que integrarán la Oficina con voz y voto.

 

¿Los funcionarios públicos tienen obligación de denunciar casos de trata de personas?

Sí. Todo funcionario público, cualquiera sea su jerarquía, que reciba noticia de supuestos, posibles o efectivos casos de trata de personas tiene que avisar inmediatamente a la Oficina Provincial, Agencias Regionales o Municipales. 

 

PROGRAMA PROVINCIAL PARA LA LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA DE LAS VÍCTIMAS.

 

¿Cuál es la finalidad del Programa Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas?

Aplicar las recomendaciones de Naciones Unidas, según el Protocolo de Palermo y las Directrices del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

 

¿Qué tareas deben realizar los responsables del Programa?

  • Participar en el diseño de aquellas políticas y medidas necesarias para asegurar la protección y la asistencia de las víctimas de la trata de personas.
  • Promover la coordinación intersectorial y proponer protocolos de trabajo interinstitucionales para la implementación de acciones destinadas a la prevención, la asistencia y la recuperación de las personas víctimas de trata y sus familias.
  • Organizar y desarrollar actividades de capacitación para favorecer la identificación de las posibles víctimas, y conocer las formas en que opera el crimen organizado nacional y transnacional relacionado con la trata.
  • Contribuir a la implementación de un sistema de refugios propios de la Provincia de Buenos Aires, que respete los derechos y garantías de las víctimas de Trata de Personas.
  •  Prevenir e impedir cualquier forma de revictimización.
  •  Realizar y promover campañas en los medios de comunicación a fin de concientizar a los usuarios de estas redes, del perjuicio personal y social que implica esta problemática.

 

OBSERVATORIO DE TRATA DE PERSONAS

 

¿Qué es el Observatorio de Trata de Personas?

Es un organismo dependiente de la Oficina Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas el cual tiene como objetivo el monitoreo, la recolección, la producción, el registro y la sistematización de los datos y las estadísticas de la trata.

 

¿Para qué se usa la información producida por el Observatorio?

Es utilizada por la Oficina Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas, la explotación sexual infantil y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, para el diseño, la implementación y el monitoreo de las políticas públicas orientadas tanto a la concientización, sensibilización, prevención y erradicación del delito, como también para la asistencia y protección de las víctimas.

 

¿Cuáles son las funciones del Observatorio?

  • Registrar, procesar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática respecto del estado de situación de la problemática de trata de personas en la Provincia de Buenos Aires.
  • Realizar informes del estado de situación de la problemática para contribuir al diseño de políticas públicas.
  • Proponer a la Oficina Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas, la explotación sexual infantil y para la Protección y Asistencia de las Víctimas:
    • Las herramientas apropiadas para el seguimiento y monitoreo de las políticas públicas.
    • Actividades de difusión, concientización y capacitación respecto de la trata de personas, especialmente destinadas a funcionarios públicos que por su cargo tengan contacto con víctimas de este delito.
    • Acciones destinadas a asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías, como también acciones dirigidas a prevenir cualquier forma de victimización.
    • Actividades de capacitación y asistencia para la búsqueda y obtención de oportunidades laborales para las víctimas de Trata de Personas.
    • Estudios e investigaciones sobre la problemática de la trata de personas, su publicación y difusión.
    • La realización de actividades de estudio, investigación y divulgación entre organismos e instituciones estatales y Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a la protección de los derechos de las niñas, los niños, adolescentes, las mujeres y personas trans
    • Implementación de líneas telefónicas y todo medio eficaz para la recepción de denuncias y consultas.
    • Acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata de personas.
    • Protocolos de trabajo que contribuyan a la mejor articulación de las áreas y dispositivos destinados a la prevención, la asistencia y la reinserción social de las víctimas de trata.

 

¿Qué organismos intervienen para asegurar los derechos de las víctimas de trata de personas?  

Los organismos de la Administración Central, Organismos Descentralizados e instituciones de la Previsión Social dependientes del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.

 

¿Las víctimas de trata tienen prioridad en los trámites para acceder a los beneficios de la Ley?

Sí. Se tiene que facilitar el acceso de las víctimas de la trata de personas a los beneficios de la ley. No se le pueden exigir los mismos requisitos que al resto de la población. 

 

¿Se debe resguardar la privacidad de las víctimas de trata?

Sí. Los funcionarios tienen que garantizar la privacidad de las víctimas de trata para evitar todo tipo de re-victimización. 

 

Más información:

Víctimas de trata 

Ministerio de Justicia: Trata 

 

Línea gratuita, anónima y nacional: 145 

Sede: Calle 3 y 525.

La Plata, provincia de Buenos Aires (B1900).

Teléfono: 0221-4262354.

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