¿Qué establece la Ley?

Reconoce, promueve y protege los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la provincia de Buenos Aires. Esos derechos son también reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Ley Nacional 26.061.

 

¿Qué implica la promoción y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?

  • Que sus derechos sean reconocidos, garantizados y ejercidos plenamente.  
  • Que puedan asistir regularmente a la escuela.
  • Que sus necesidades y opiniones sean escuchadas y tenidas en cuenta.
  • Que tengan una vida libre de violencias.
  • Que puedan jugar y divertirse.
  • Que se los reconozca y se los llame por su nombre.

 

¿Cómo protege la provincia de Buenos Aires los derechos de los niños, niñas y adolescentes?

La Ley crea el Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos. El Sistema es un conjunto de organismos, servicios, entidades públicas y privadas que intervienen ante la amenaza o vulneración de sus derechos, mediante acciones para repararlos y protegerlos. Tiene como principios básicos:

  • La corresponsabilidad. Todas las personas, organismos, entidades y servicios que forman parte de este Sistema, los efectores (Hospitales, Escuelas, organismos de niñez, familias, personas vecinas, referentes comunitarios) tienen que realizar acciones para proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
  • El interés superior del niño. Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de un niño, niña o adolescente y otros derechos e intereses, prevalecerán los primeros.
  • La atención prioritaria. Los niños, niñas y adolescentes tienen preferencia en la atención de todos los organismos, servicios, entidades públicas y privadas que integran el Sistema de Promoción y Protección, aún cuando no atiendan exclusivamente a personas de esa edad.

 

¿Cuáles son los organismos públicos encargados de la promoción y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?

  • Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos, ubicados en los municipios.
  • Servicios Zonales, ubicados en las localidades donde se encuentran los Juzgados de Familia y las Asesorías de Menores e Incapaces.
  • Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia.

 

¿Qué funciones cumplen los Servicios Locales?

  • Recibir denuncias e intervenir de forma inmediata sin pedir ninguna denuncia previa.
  • Intervenir ante el conocimiento de una posible situación de vulneración de derechos por su propia cuenta.
  • Realizar acciones para prevenir situaciones de vulneración de derechos.
  • Adoptar medidas para reparar los derechos dañados.

 

¿Qué funciones cumplen los Servicios Zonales?

  • Coordinar y supervisar el funcionamiento de los Servicios Locales de Protección de Derechos de su zona.
  • Resolver los conflictos una vez que el Servicio Local no pueda resolver la situación de vulneración.
  • Actuar desde un comienzo en aquellos municipios en los que no existan Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos.

 

¿De qué se ocupa el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia?

Se encarga de la creación, puesta en marcha y control de acciones para la atención de la niñez y la adolescencia.

 

¿Qué son las medidas de protección integral de derechos?

Son decisiones que toman los Servicios Locales de Promoción y Protección cuando conocen una situación de vulneración de derechos para preservar y restituir a los niños, niñas y adolescentes.

  • Los Servicios Locales de Promoción y Protección deben aplicar en primer lugar las medidas de protección de derechos que mantengan y fortalezcan los vínculos familiares.
  • Las medidas de protección de derechos deben ser limitadas en el tiempo.
  • Nunca una medida de protección puede ser la privación de la libertad de los niños, niñas y adolescentes.
  • Si la medida de protección es interrumpida por propia decisión del niño, niña o adolescente, la conducta no puede ser sancionada.

 

¿Cuáles son las medidas de protección integral de derechos?

  • Apoyos para que los niños, niñas y adolescentes permanezcan conviviendo con su grupo familiar.
  • Orientación, apoyo y acompañamiento a las familias.
  • Inscripción en establecimientos educativos y programas de apoyo escolar.
  • Inclusión de los niños, niñas y adolescentes y su familia en programas de asistencia familiar.
  • Tratamientos médicos y psicológicos de los niños, niñas y adolescentes o de alguno de sus padres, responsables o representantes.
  • Inclusión en programa oficial o comunitario de salud mental y adicciones.
  • Asistencia económica.

 

¿Qué es una medida de abrigo?

La medida de abrigo se toma ante una situación de vulneración de derechos en el hogar familiar o por la ausencia de hogar familiar. 

  • La medida de abrigo brinda al niño, niña o adolescente un lugar alternativo para vivir transitoriamente, por fuera de su grupo de convivencia.
  • La falta de recursos económicos no es motivo para separar al niño de su grupo familiar.
  • El nuevo y transitorio lugar de convivencia debe establecerse con prioridad en la familia ampliada u otros miembros de la comunidad vinculados con el niño, niña o adolescente.
  • El Servicio Local y el Servicio Zonal deben comunicar de inmediato la situación al Juzgado de Familia y a la Asesoría de Menores e Incapaces que corresponda por el domicilio del niño, niña y adolescente.
  • La medida de abrigo no puede durar más de 180 días.

 

¿Qué acciones deben realizar los organismos públicos de niñez si se toma una medida de abrigo?

Deben trabajar con el grupo familiar, la comunidad e instituciones responsables para reparar los derechos vulnerados y para que el niño, niña y adolescente pueda regresar a su hogar familiar.

 

¿Qué pasa si las medidas anteriores fallan?

Los organismos de niñez deben solicitar la adopción del niño, niña o adolescente.

 

¿Cuáles son los derechos que tiene el niño, niña o adolescente mientras dura la medida de protección de derechos?

Durante el proceso el niño, niña o adolescente tiene derecho a

  • Que escuchen sus opiniones y que las tengan en cuenta.
  • Participar en todo el procedimiento.
  • Recibir información y asesoramiento por parte del equipo de profesionales.
  • Permanecer con su familia de origen, siempre que no afecte el Interés superior del niño.
  • Acceder de forma gratuita a profesionales que se especialicen en niñez y adolescencia.

 

¿Dónde se debe denunciar una situación de vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente?

  • En el Servicio Local o Zonal de Promoción y Protección de Derechos más cercano.
  • En la escuela del niño, niña o adolescente.
  • En el centro de salud u hospital de referencia.

 

Más información: 

También podes llamar a la línea provincial gratuita 102 de orientación y derivación telefónica. 

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