¿Quién controla el funcionamiento de los natatorios y piletas de natación en la provincia de Buenos Aires?
Las Municipalidades de la Provincia habilitan, controlan y fiscalizan el funcionamiento de los natatorios y piletas de natación de carácter público, semipúblico y comercial
¿Qué características deben cumplir los natatorios y piletas para ser habilitados?
- Superficie lisa de colores claros y de fácil limpieza
- Cartel indicando las profundidades mayores a 1,50 metros
- Escaleras o rampas de acceso con pasamano en la parte superior
- Vereda perimetral de material no resbaladizo
- Cerca perimetral
- Lava pies con arco de lluvia o ducha en el ingreso
- Galerías de espectadores con baranda de protección en las piletas cerradas
- Sistema contra incendio
- Sistema de plan de emergencia, evacuación y catástrofe
¿Qué condiciones de higiene debe mantener el agua?
- Vaciamiento periódico
- Renovación continua o intermitente
- Recirculación constante del agua
¿Cómo se debe mantener la higiene de los natatorios y piletas?
- Limpieza sistemática
- Pintura especial 1 vez al año
¿Cuántas personas pueden ingresar a los natatorios y piletas?
Máximo 20 personas por cada 3.800 litros de agua limpia durante 30 minutos
¿Qué requisitos debe cumplir el personal que trabaja en los natatorios y piletas?
Debe presentar certificado de aptitud higiénica mensual
¿Qué reglas se deben respetar en los natatorios y piletas?
- Usar las duchas antes de entrar en la pileta
- Prohibir el acceso a la zona de la pileta con ropas y calzado de calle
- Prohibir el ingreso de animales
- Examen higiénico cada 30 días
- No utilizar sustancias aceitosas o cosméticas en la pileta
- Prohibir el acceso con alimentos, golosinas y fumar
¿Tienen que contar con servicio médico los natatorios y piletas?
Sí. Tiene que haber un médico cada 500 usuarios y un servicio de emergencias médicas
¿Debe haber guardavidas?
Sí y tienen que presentar libreta de guardavida actualizada
¿Qué sucede cuando los natatorios no cumplen con los requisitos?
Se aplican las penalidades previstas en el Código de Faltas Municipales
¿Existe una entidad que agrupa a los natatorios de la Provincia?
Sí. El Registro Provincial de Natatorios. El registro depende del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y recibe la información de los Municipios