¿Quiénes son inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos?
Todos aquéllos que estén obligados a pagar una cuota alimentaria y no cumplen tres veces continuas o cinco alternadas
¿De quién depende el Registro de Deudores Alimentarios Morosos?
Del Ministerio de Justicia de la provincia de Buenos Aires
¿Cuáles son las funciones del Registro?
- Inscribir a los deudores dentro de las 24 horas de recibido el oficio judicial
- Inscribir cuando otra provincia o Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo solicite
- Responder los pedidos de informes según la base de datos registrados dentro del plazo de 5 días de recibida la solicitud
- Promover la incorporación de las instituciones privadas al cumplimiento del requisito previo
- Entregar informes de libre deuda alimentaria
¿Cómo se solicitan los informes?
Por escrito con firma y datos personales del interesado o del autorizado
¿Para qué se necesita el certificado?
Para realizar los siguientes trámites:
- Solicitudes de apertura de cuentas corrientes y de otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito y todo tipo de operaciones bancarias o bursátiles
- Habilitaciones para la apertura de comercios e industrias
- Concesiones, permisos y licitaciones para la solicitud o renovación de créditos
¿Qué datos necesito para solicitar el informe?
- apellido y nombre completo de la persona que solicita y del solicitante
- tipo y número de documento de la persona que solicita y del solicitante
¿Dónde se solicita el informe?
- En La Plata, calles 12 y 53, Torre II, piso 8°, de lunes a viernes de 8 a 14 hs
- Por mail a dmorosos@mjus.gba.gob.ar
¿Cuánto demora el envío del informe?
A partir de las 72 hs hábiles podés retirarlo personalmente o se envía a tu casilla de correo electrónico
Más información:
Solicitar el certificado online aquí
https://www.gba.gob.ar/justicia/deudores_alimentarios
Consultas a los teléfonos (0221) 429-5524 o (0221) 429-5500 interno 85634 o por mail: consultas.rdam@mjus.gba.gob.ar